Lo esencial
La DGII reconoce diez tipos de e-CF. E31 y E32 documentan ventas; E33 y E34 modifican comprobantes anteriores; E41, E43, E44, E45, E46 y E47 cubren operaciones con una condición fiscal específica. El tipo correcto depende de la operación y de su contraparte, no del código que resulte más familiar.
La letra E identifica la serie electrónica, los dos dígitos siguientes indican el tipo y los últimos diez forman el secuencial. Por eso la lista salta de E41 a E43: no todos los números intermedios corresponden a un e-CF vigente.
Antes de mirar el código
Empieza por la operación que necesitas respaldar.
Estas tres preguntas reducen la decisión. Si el caso tiene exenciones, retenciones o una contraparte especial, confirma el tratamiento con tu profesional fiscal o con la DGII antes de emitir.
- ¿Es una venta?
- Distingue entre un comprador que necesita valor fiscal (E31) y un consumidor final (E32).
- ¿Corrige otra factura?
- Usa débito para aumentar (E33) y crédito para reducir, devolver o anular (E34).
- ¿Hay una condición especial?
- Identifica proveedor informal, gasto del personal, régimen, Gobierno, exportación o pago al exterior.
Catálogo oficial
Los diez tipos, comparados por uso y diferencia.
Los nombres salen del catálogo fiscal de Cierre Listo, alineado con los tipos que publica la DGII. La explicación resume el uso; no reemplaza la validación del caso concreto.
Para documentar una venta
La pregunta central es si el receptor necesita valor fiscal o compra como consumidor final.
Factura de Crédito Fiscal Electrónica
Se usa para: Una venta de bienes o servicios cuando el comprador necesita sustentar costos, gastos o crédito fiscal.
La diferencia: Identifica al comprador y conserva valor fiscal para quien recibe el comprobante.
Factura de Consumo Electrónica
Se usa para: Una transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios a un consumidor final.
La diferencia: El receptor no lo utiliza para sustentar crédito de ITBIS ni costos o gastos del ISR.
Para modificar un comprobante anterior
Ambas notas deben conservar la referencia a la operación que corrigen.
Nota de Débito Electrónica
Se usa para: Aumentar un comprobante ya emitido por costos posteriores, como mora, flete u otros cargos.
La diferencia: No abre una venta nueva: referencia el comprobante anterior y eleva el importe documentado.
Nota de Crédito Electrónica
Se usa para: Anular o reducir una operación por devolución, descuento, bonificación, error o cambio posterior.
La diferencia: Referencia el comprobante anterior y disminuye o revierte el importe documentado.
Para operaciones con una condición fiscal específica
Aquí manda quién interviene, dónde ocurre la operación y qué tratamiento fiscal corresponde.
Comprobante Electrónico de Compras
Se usa para: Una compra de bienes o servicios a una persona que no está registrada como contribuyente.
La diferencia: Lo emite quien compra para sustentar la adquisición; no es una factura emitida por el proveedor.
Comprobante Electrónico para Gastos Menores
Se usa para: Pagos realizados por el personal con ocasión del trabajo, como consumibles, pasajes, estacionamiento o peajes.
La diferencia: No sustituye el E41 para comprarle a un proveedor informal ni permite adelantar el ITBIS pagado.
Comprobante Electrónico para Regímenes Especiales
Se usa para: Ventas exentas de ITBIS o ISC a personas o entidades acogidas a un régimen especial de tributación.
La diferencia: La exención debe responder al régimen del receptor y a su documentación, no solo al producto vendido.
Comprobante Electrónico Gubernamental
Se usa para: Ventas de bienes o servicios al Gobierno Central y a las entidades gubernamentales definidas por la DGII.
La diferencia: Se elige por la naturaleza gubernamental del comprador, no por el método de pago.
Comprobante Electrónico para Exportaciones
Se usa para: Ventas de bienes fuera del territorio nacional realizadas por exportadores y zonas francas contempladas por la DGII.
La diferencia: Documenta una exportación; no es un comprobante de consumo para un cliente extranjero.
Comprobante Electrónico para Pagos al Exterior
Se usa para: Pagos de rentas gravadas de fuente dominicana a personas o entidades no residentes fiscales.
La diferencia: Conlleva la retención total del ISR aplicable según los artículos 297 y 305 del Código Tributario.
Una confusión frecuente
E47 no es el Formato 609.
Cumplen funciones distintas. La obligación de presentar el 609 depende de la naturaleza del pago y de las reglas vigentes; no asumas que un E47 exige siempre el 609 ni que el reporte sustituye al comprobante.
- E47 · comprobante
- Es un e-CF individual: documenta el pago al exterior, lleva un e-NCF y forma parte del expediente fiscal de esa operación.
- 609 · reporte informativo
- Es un formato periódico de envío de datos para reportar los pagos al exterior que correspondan; no es una factura ni asigna un e-NCF.
Confirma el tratamiento de cada operación antes de preparar el período. Lee la definición oficial del Formato 609 en el glosario y contrástala con las reglas vigentes de la DGII.
Cobertura sin sobrepromesas
El motor y la interfaz guiada no tienen la misma superficie.
Motor fiscal y API pública
El motor fiscal conoce los diez tipos. La API pública de emisión acepta ocho; POST /v1/invoices es la operación general para emitirlos. E41 y E43 esperan sus recursos de compras y gastos menores; consulta la documentación para desarrolladores.
Interfaz guiada de ventas
Se concentra hoy en E31 y E32. Que el motor soporte un tipo no significa que ese tipo ya tenga el mismo formulario visual guiado; E33, E34, E44, E45, E46 y E47 se exponen por la operación general de la API. E41 y E43 esperan sus recursos de compras y gastos menores.
Si necesitas ubicar un caso antes de integrar o emitir, visita Ayuda y soporte. No compartas contraseñas, códigos de acceso ni certificados digitales.
Fuentes primarias
Verifica la clasificación en la DGII.
Contenido revisado el . Los criterios y formatos pueden cambiar; consulta siempre la versión vigente antes de emitir o presentar información.
- Tipos y estructura de los e-CF
Definiciones oficiales de E31, E32, E33, E34, E41, E43, E44, E45, E46 y E47.
- Formato del Comprobante Fiscal Electrónico v1.0
Campos y obligatoriedad técnica que varían según el tipo de e-CF.
- Norma General 05-2019
Uso de comprobantes especiales, incluidas exportaciones y pagos al exterior.
- Formatos de envío de datos
Descripción oficial del Formato 609 y de los demás reportes informativos.
Para seguir desde la clasificación hacia la operación, revisa cómo funciona la facturación electrónica en Cierre Listo y el proceso para ser emisor electrónico.